Despatologización trans: sigue la lucha

La fecha del 18 de junio de 2018 va a quedar en la memoria de muchas personas, y sobre todo de las personas trans, como el día en el que se hizo pública la despatologización de la transexualidad por la OMS, Organización Mundial de la Salud. Atrás van a quedar, no sin haber dejado una triste huella, un pasado marcado por el hecho de poner en duda y cuestionar de forma externa, a las personas trans y su derecho a recibir atención sanitaria o no, conforme a las necesidades de cada persona, condicionado todo esto a criterios de “personas expertas”

Entre las muchas voces que se han pronunciado sobre la noticia, está la de Amets Suess (miembro de la plataforma Internacional Stop Trans Pathologización, y que ha trabajado activamente en esta cuestión, por lo que es conocedor de primera mano de los actuales cambios) lo que se ha publicado es la versión online del CIE-11. Esta versión está pendiente de ser aprobada por la Asamblea Mundial de la Salud en mayo de 2019. El avance viene dado porque en la CIE-11 se han eliminado todos los códigos trans específicos del capítulo “Trastornos mentales y de comportamiento”, lo que supone la despatoligización de la transexualidad. Por otro lado, se incluyó un nuevo código “Incongruencia de género” en un nuevo capítulo (Capítulo 17) “Condiciones relacionadas con la salud sexual” con el objetivo de facilitar la cobertura sanitaria o reembolso de los gastos sanitarios en aquellos países que requieren un código para cubrir los gastos. Este código, incongruencia de género, tiene dos subcódigos “Incongruencia de género en la adolescencia y la adultez” e “Incongruencia de género en la infancia”

Desde el activismo internacional por la despatologización trans, se ha valorado positivamente la retirada de los códigos trans-específicos del capítulo “Trastornos mentales y de comportamiento”, pero se señala que hace falta seguir trabajando para 1. Cambiar el término ‘Inclongruencia de género’ por sus connotaciones patologizantes, 2. Retirar el código ‘Incongruencia de género en la infancia’, ya que carece de utilidad clínica (niñ*s preadolescentes no requieren acceso a tratamientos hormonales), y el diagnóstico puede ser un factor de discriminación, 3. Conseguir que se garantice la cobertura pública de la atención sanitaria trans-específica sin necesidad de códigos o diagnósticos patologizantes”

“En este sentido, los cambios en la CIE-11 son un paso para adelante, pero es necesario seguir trabajando. Puede ser también una oportunidad para luchar por el cambio de la ley de identidad de género en el contexto español, ya que no tiene sentido que se siga pidiendo un diagnóstico psiquiátrico para el cambio registral del nombre y sexo”

De la lectura de los nuevos dos subcódigos, se concluye que la lucha aún no ha terminado, es más, se necesita del activismo más que nunca en todos los países. En primer lugar, para que esta despatologización sea efectiva y así se plasme en sus legislaciones. También para cambiar el término “Incongruencia”, por sus connotaciones patologizantes. Y en general, para que se reconozca el derecho a la autodeterminación de la propia identidad como un derecho de cada persona, sin condicionamientos de ningún tipo, como los que aún se recogen dentro de los subcódigos mencionados, donde, se habla de diagnóstico, condición esta muy patologizante; y que además está sujeto a temporalidad, varios meses en el caso de adolescencia y adultez y dos años en la niñez, tremendo lapso de tiempo, cuando muchas de estas personas con dos  o tres años de vida ya son capaces de manifestar su identidad y de eso tienen experiencia las familias de Chrysallis AFMT; no reconoce la diversidad de la naturaleza de las personas, insiste en perpetuar el modelo binario hombre/mujer sin considerar otras realidades trans. La disforia de género es requisito para ese diagnóstico, pues se emitirá en base al rechazo de la persona de sus caracteres sexuales primarios o secundarios diferenciando por grados de rechazo.

En numerosas Comunidades Autónomas de España ya se ha despatologizado la transexualidad en sus leyes territoriales de protección y reconocimiento de derechos de las personas transexuales, y no se exige ningún tipo de informe psiquiátrico y/o psicológico para acceder a la atención sanitaria. Se hace necesaria la aprobación de legislación estatal para que dejen de ser estos informes requisito para algo tan fundamental como que en tu DNI y en el registro civil se reconozca tu identidad. En este sentido, los cambios en el CIE sí que son un avance, como decía Amets.

Hay muchas otras personas que hacen uso de la sanidad para sus necesidades sin estar enfermas, como sucede con las personas embarazadas, por ejemplo.

Por todo esto es por lo que las personas transexuales y sus familias tenemos la percepción de una celebración. Es una victoria a medias. La lucha continúa y la infancia y juventud no se detiene ni entiende de soluciones futuras.

María José Márquez